Pago en cuotas:
-Pago contado quita de intereses devengados a fecha de pago del 50% si es un solo tributo o 60% si se regularizan mas de uno
-6 cuotas con una reducción del 30% sobre los intereses devengados a la fecha de la suscripción del plan de pagos.
-12 cuotas con una reducción del 15% sobre los intereses devengados a la fecha de la suscripción del plan de pagos. Los contribuyentes que adhieren el plan de pagos al débito automático acceden al siguiente beneficio:
-En 12 cuotas habiendo verificado el cumplimiento de los pagos en tiempo y forma de las cuotas 1 a 11 inclusive, se realiza la condonación de la última cuota.
-En 24 o 36 cuotas habiendo verificado el cumplimiento de los pagos en tiempo y forma se condonan las dos últimas cuotas.
Pago al contado:
-Cuando regularice deuda correspondiente a dos o más clases de tributos, se genera una reducción del 60% sobre los intereses devengados a la fecha de pago.
-Cuando regularice deuda correspondiente a una clase de tributos, se genera una reducción del 50% sobre los intereses devengados a la fecha de pago.
-Cuando realice una cancelación parcial dela deuda correspondiente a una clase de tributo y por el monto total del mismo, se genera una reducción del 30% sobre los intereses devengados a la fecha de pago.
*Aclaración
Los derechos de construcción no generan interese se financia con la Resolución 1445-I-2020, pero no tiene ninguna quita.
Los planes de pago de alcoholemia y las multas muy graves abonan el 15% de la multa como anticipo y tienen un máximo de 24 cuotas. Para los planes de pago se debe consolidar toda la deuda y requisito que se adhieran al domicilio fiscal electrónico.